La carga fraccionada ya tiene regulación mediante Real Decreto Ley

decreto ley carga fraccionada

El Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad económica en el ámbito del transporte aprobado el 2 de agosto incluye referencias a la regulación de la carga fraccionada. Pese a que esta normativa, de la que ya habíamos hablado en nuestro blog al hacer referencia a las novedades en cuanto a cálculo de costes y tarifas de los transportistas terrestres, no acaba de satisfacer a las principales agrupaciones sectoriales, es la que actualmente se encuentra vigente.

La definición de carga fraccionada que introduce la nueva normativa

La definición del transporte de carga fraccionada cobra importancia a la hora de delimitar el ámbito en el que se aplican las nuevas medidas contenidas. Así, este incluirá las operaciones de manipulación, clasificación, grupaje y otras similares para mercancías que se trasladan desde el centro de distribución a puntos de venta y viceversa.

¿Qué cambios se han aprobado en lo relativo a la carga fraccionada?

La modificación que ha propuesto este Real Decreto Ley supone cambios en cuanto a las excepciones que permiten que el conductor pueda participar de dichas tareas de carga y descarga. Así, los artículos modifican la LOTT para aquellos conductores de mercancías en vehículos de más de 7,5 toneladas de MMA imponiendo una serie de condiciones que se resumen a continuación:

  • La recogida o el reparto de estos envíos de mercancías deben consistir en número reducido en bultos, los cuales han de poder ser manipulados sin dificultad por una sola persona.
  • Estas tareas que pueden ser realizadas en la jornada, no pueden afectar a los períodos de descanso diarios.
  • Las actividades de carga fraccionada no pueden impedir al conductor su regreso al centro de trabajo o a su lugar de residencia en la manera que lo haría si no las tuviese encomendadas. 
  • Estas tareas pueden ser realizadas en tiempo de la jornada laboral siempre y cuando la contratación se rija por un contrato de transporte cuya duración sea de al menos un año o superior.

Sanciones por incumplimiento de condiciones en la carga fraccionada

El Real Decreto Ley 8/2022 desarrolla un régimen sancionador en el que se constituyen como infracciones graves y muy graves el incumplimiento de las normas que regulan el transporte. Las multas pueden alcanzar los 4000€ para aquellas empresas que no respeten las disposiciones de la carga fraccionada en lo relativo a la prohibición de carga o descarga y las excepciones que hemos detallado en el párrafo previo.

Comercio internacional patas arriba con la crisis energética y las balanzas comerciales

cambios en el comercio internacional

 

La crisis energética que estamos sufriendo en Europa, debido a la guerra en Ucrania y a la enorme dependencia del continente europeo del gas ruso está pasando factura a las balanzas de comercio internacional de medio mundo, provocando grandes desequilibrios que no podrían haberse previsto hace un año.

La situación de las balanzas en comercio internacional en Europa

Lo que ha ocurrido en 2022, y que nadie había previsto en un contexto marcado por la recuperación tras la pandemia y sus restricciones ha dado la vuelta a todo el tablero del comercio internacional. De hecho, las balanzas de pago de las grandes economías se han prácticamente dado la vuelta. Los países que llevaban décadas presentando datos positivos, ahora muestran la versión contraria. Y naciones que exportan materias primas en las que la inflación ha elevado su coste en dos dígitos porcentuales disfrutan ahora de superávits comerciales y por cuenta corriente nunca antes vistos.

En argot económico, estamos en un momento de los llamados cisnes negros. Y se trata de uno de los prácticamente imposibles de prever hace 12 meses. La Unión Europea y Japón han pasado a una situación de necesidad de financiación en julio. Esto significa que dos de las principales regiones comerciales acreedoras del mundo (porque exportan más de lo que importan y financian a los demás países con ese saldo positivo exterior) han pasado a necesitar esa financiación exterior del resto de países. A ello hay que sumar que China, habitualmente en la misma situación de acreedora mundial que la UE y Japón, también ha entrado en ese nuevo escenario de déficit.

Desde el siglo pasado, la locomotora europea no había presentado nunca un déficit en su balanza comercial. De hecho, hay que remontarse a 1991 para encontrar el primer dato negativo en la balanza comercial en el caso alemán. En el lado contrario se encuentran economías como la rusa, o Arabia Saudí con superávits multiplicados como nunca antes se había visto.

Comercio internacional y cómo afecta a la economía de la Unión Europea

Aunque un desequilibrio puntual en las balanzas comerciales no debería tener grandes implicaciones en la actividad empresarial de cada país, en el medio y en el largo plazo las cosas cambian drásticamente. El FMI ya ha advertido y cambiado completamente sus previsiones para este año y el próximo. En el caso de la Unión Europea el empobrecimiento podría llegar a notarse, e incluso depreciar la moneda única -algo que ya ha ocurrido, pero que podría seguir en esa línea, llegando claramente a reducir la riqueza empresarial y de la ciudanía-

Por el momento, parece que los desafíos en el comercio internacional siguen siendo la tendencia. En los últimos tres años, los problemas en el transporte marítimo, la pandemia y sus restricciones mundiales, la huelga del transporte de carretera en España, y ahora la guerra de Ucrania han sido los grandes acontecimientos que han forzado cambios drásticos en los agentes dedicados al sector para intentar adaptarse rápidamente a la situación. Desde Iberoforwarders continuaremos en esa línea, ofreciendo soluciones resilientes que procuren una rápida adaptación a las necesidades de nuestros clientes y a los cambios en el mercado.

Sanciones como principal novedad en la Ley de Cadena del Transporte

El Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad económica en el transporte enmarcado en la Ley de Cadena del Transporte aprobado este lunes 1 de agosto prevé sanciones de hasta 4000€ para los que no cumplan la nueva normativa orientada a garantizar una rentabilidad mínima del trabajo, así como una subcontratación más justa.

Obligatorios los contratos por escrito

Con la nueva normativa, será obligatorio que se recojan por escrito las condiciones de la contratación. Especialmente se deberá hacer constar el precio del transporte y los gastos conectados a dicho servicio. Para hacer el cálculo de dichos gastos que asume el transportista se podrá utilizar la tabla de partidas de costes que ofrece el observatorio de costes del transporte de mercancías por carretera elaborado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Mitma).

La finalidad de estos apartados es vincular la Ley de Cadena del Transporte hacia la no contratación por debajo de costes y que el trabajo de los transportistas obtenga una remuneración justa, sobre todo en los ámbitos en los que hay mayores desequilibrios en la negociación.

Actualización del Código de Buenas Prácticas Mercantiles

Este Real Decreto Ley de medidas de sostenibilidad económica en el transporte recién aprobado establece cambios en el Código de Buenas Prácticas Mercantiles para la contratación de transporte terrestre en el ámbito de las mercancías. De hecho, se establecen una serie de compromisos para el establecimiento de niveles máximos de subcontratación, así como otras medidas aplicables a través de intermediarios.

El poco entusiasmo del CNT ante el nuevo decreto ley

Para el Comité Nacional del Transporte, este decreto ley enmarcado dentro de la  ley de cadena del transporte no les entusiasma. De hecho, lo califican como «no suficiente, ya que no contiene unos mínimos requisitos de seguridad jurídica que permita su aplicación real en el mercado».

La ventaja que sí señalan, aunque siendo cautos en cuanto a su aplicación dado que declaran que no satisface sus expectativas es la mejor definición de la carga fraccionada, lo que implica una mayor claridad en cuanto a prohibiciones de carga/descarga por parte del conductor.

Tras la entrada en vigor del Real Decreto-ley de medidas de sostenibilidad económica en el transporte, el gobierno se obliga a presentar en el plazo de 6 meses a las Cortes Generales un proyecto de ley en el que se haga una valoración de las medidas y se revise el régimen actual de la subcontratación del transporte terrestre de mercancías.